La CARRERA... ... electoral, ...

28/03/2017

Cada pocos meses o semanas se lanza un panfleto referente a la “carrera profesional”. Ni que decir tiene que todos queremos que se aplique una Carrera Profesional, y a poder ser, mucho mejor que la que han dejado caer los firmantes, pero hay que hacerlo bien, lo que no se puede hacer es engañar al colectivo de forma tan descarada.

La última prueba del engaño, de la estafa, es que hace un año solo se podía hacer la reclamación hasta julio de 2016. Hoy, como vemos en la nota de uno de los firmantes, ya no hay problema para reclamar en cualquier momento. Es claro que esto no es serio.

Pero no vamos a tener en cuenta lo que diga cada uno, vamos a ver qué dice el Estatuto Básico del Empleado Público, que es la norma de aplicación a todos los empleados de cualquier administración:

“Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (con la misma redacción que la Ley 7/2007 EBEP)

Artículo 38. Pactos y Acuerdos. …

3. Los Acuerdos versarán sobre materias competencia de los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas. Para su validez y eficacia será necesaria su aprobación expresa y formal por estos órganos. Cuando tales Acuerdos hayan sido ratificados y afecten a temas que pueden ser decididos de forma definitiva por los órganos de gobierno, el contenido de los mismos será directamente aplicable al personal incluido en su ámbito de aplicación, sin perjuicio de que a efectos formales se requiera la modificación o derogación, en su caso, de la normativa reglamentaria correspondiente.

Si los Acuerdos ratificados tratan sobre materias sometidas a reserva de ley que, en consecuencia, sólo pueden ser determinadas definitivamente por las Cortes Generales o las asambleas legislativas de las comunidades autónomas, su contenido carecerá de eficacia directa. No obstante, en este supuesto, el órgano de gobierno respectivo que tenga iniciativa legislativa procederá a la elaboración, aprobación y remisión a las Cortes Generales o asambleas legislativas de las comunidades autónomas del correspondiente proyecto de ley conforme al contenido del Acuerdo y en el plazo que se hubiera acordado.

Cuando exista falta de ratificación de un Acuerdo o, en su caso, una negativa expresa a incorporar lo acordado en el proyecto de ley correspondiente, se deberá iniciar la renegociación de las materias tratadas en el plazo de un mes, si así lo solicitara al menos la mayoría de una de las partes.”

Lo único que corresponde a los firmantes, por tanto, es explicar por qué no exigieron la renegociación de la Carrera Profesional en el plazo de un mes desde la negativa de la Administración a elevarlo al Parlamento Vasco para incluirlo en la modificación de la Ley de Policía. Todo lo demás es marear la perdiz.

Es muy probable que a los firmantes les sobre tiempo y personal para utilizar esta estrategia para fines que en ningún caso van a suponer la consecución de la Carrera Profesional (ni el dinero que supuestamente traía consigo), conseguirán otros objetivos, pero no ese. Si a eso añadimos que en breve puede haber elecciones sindicales, pues blanco y en botella, leche. Está claro!!!

Es evidente, que esta campaña solo va encaminada a evitar fugas de afiliados y a intentar “robar” todos los nuevos que puedan. Además se hace por la via de los derechos fundamentales, para asegurarse el recurso al TSJPV (quien ya tumbó esta petición hace un par de años) y poder mantener más tiempo la mentira.

Si.P.E. no va a entrar en este juego, cada uno es mayorcito y quien se deja engañar es porque quiere. Cierto es que, en principio, el compañero que hace las reclamaciones no pierde nada, solo un poco de tiempo, pero si algún día estos recursos individuales llegan a los tribunales, es claro que habrá condena en costas y si llega al TSJPV por partida doble, por lo que si no lo paga el sindicato lo tendrá que hacer el ertzaina. Por lo tanto, ya sea directa o indirectamente, esta estrategia va a suponer (repetimos, de llevarse a los juzgados) un gran coste para todos/as. Si esta es la forma en la que se quiere que se desperdicie el dinero de las cuotas, adelante. Nosotros no lo haremos pues tenemos que dedicar los esfuerzos y las cuotas a reclamar derechos conculcados por el Departamento, no derechos perdidos por la inacción de los sindicatos firmantes.

Un claro ejemplo para darse cuenta sobre de qué va toda esta patraña

En enero (y en comunicaciones anteriores) el plazo para reclamar había finalizado en julio de 2016

Ahora ya no hay problema con los plazos

Que no te tomen el pelo!!!!

 

                                                                                                                                                                        Arriba